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MODELOS DE TELEGRAMAS            NOCIONES JURÍDICAS            DÓNDE Y CÓMO ENVIARLOS            CONSULTA GRATUITA

1. ¿Qué tipo de medio debemos utilizar?
2. ¿Cual es el costo del mismo?
3. ¿Desde dónde debemos enviarlos?
4. ¿Que recaudos debemos observar al momento de completar los formularios?
5. ¿Cómo controlar el envío o recepción de telegramas y carta documento?
6. ¿Qué documentación preciso llevar para enviar un telegrama?
7. ¿Puede comunicarme por telegrama con dependencias públicas o sindicatos?
8. ¿Cómo denunciar a empleadores que mantienen empleados en negro?


1. ¿Qué tipo de medio debemos utilizar?

Para proceder a realizar una comunicación laboral antes que nada debe establecerse si
la misma la realiza:

a. El trabajador o empleado
b. El empleador (ya sea persona física o persona juridica, es decir, una empresa)

Si la comunicación la realiza el trabajador bajo relación de dependencia (no autónomo)
deberemos utilizar el Telegrama Ley 23.789 que es totalmente gratuito para el mismo.

Mientras que la comunicación realizada por el empleador debera ser mediante
Carta Documento para ser considerada "fehaciente" como ordena la legislación.

NOTA: Le recordamos que un telegrama redactado en forma incorrecta o la omisión del
mismo cuando la ley lo exige puede ocasionar la pérdida de derechos y/o generar
sanciones u obligaciones y/o multas.

2. ¿Cual es el costo del mismo?

Los Telegramas Laborales que utilizan los trabajadores en relación de dependencia
de hasta 30 palabras por vía telegráfica, o más de 30 palabras vía postal, son gratuitos.

Mientras que para el empleador la Carta Documento posee un valor de 47$ actualmente,
ante cualquier duda consulte precios en Correo Argentino.

3. ¿Desde dónde debemos enviarlos?

Se debe enviar por ventanilla en sucursales de Correo Argentino. Si bien puede
retirarse el formulario y completarlo fuera de la sucursal, el mismo debe ser firmado
ante el empleado en ventanilla acreditando la identidad con el DNI correspondiente,
agregando el número de CUIL y/o CUIT.

4. ¿Que recaudos debemos observar al momento de completar los formularios?

Los recaudos son completar los datos referente al remitente y destinatario de la forma
mas precisa en lo posible, indicando número de CUIT/CUILT, código postal, el nombre
de la sociedad comercial (para empresas), el domicilio actualizado, etc. ya que un
telegrama que datos incorrectos puede ser impugnado o bien no llegar a destinatario.

En el correo nos entregarán formularios por triplicado, uno quedará como copia para
el remitente, una segunda se enviará al destinatario y una tercera quedará en el correo
a efecto de prueba del mismo. Debe chequearse que el empleado postal coloque los
stickers de seguridad correspondientes.

En cuanto al contenido del mismo, le aconsejamos leer el artículo sobre nociones legales
básicas ingresando aquí.

5. ¿Cómo controlar el envío o recepción de telegramas y carta documento?

Correo Argentino ofrece un sistema de seguimiento de envios postales que es de
utilidad a la hora de chequear y rastrear nuestras notificaciones, para utilizar el sistema
ingrese en este link.

6. ¿Qué documentación preciso llevar para enviar un telegrama?

Debe distinguirse de la documentación necesaria para acreditar la identidad, que es el
documento de la persona, de la documentación que pretendemos adjuntar a fín de
acreditar lo comunicado en el telegrama mismo. Por ejemplo, si solicitamos una licencia
por enfermedad y deseamos acreditar el certificado médico, deberemos consultar con
el empleado de la sucursal a fín de hacer el envío.

7. ¿Puede comunicarme por telegrama con dependencias públicas o sindicatos?

Si, el trabajador puede enviar telegramas tanto a Ministerios (MTySS) como organismos
(Anses, AFIP, etc.) o entidades sindicales a fin de realizar las comunicaciones necesarias.

8. ¿Cómo denunciar a empleadores que mantienen empleados en negro?

Puede realizar su denuncia personalmente o vía correo electrónico al
Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social. Mail denuncias@trabajo.gov.ar,
o acercándose a Av. Leandro N. Alem 628, piso 6º (C1001AAO) Capital Federal.
Tambien telefónicamente al 0800-666-4100 de 10 a 16 hs. Denuncie el fraude laboral.

 
 
 
 
 
 
 
 
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